18.8.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 250/8
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 21 de junio de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Ministero dell’Economia e delle Finanze, Agenzia delle Entrate/Elsacom NV
(Asunto C-294/11) (1)
(Octava Directiva IVA - Modalidades de devolución del IVA a los sujetos pasivos no establecidos en el interior del país - Plazo para la presentación de la solicitud de devolución - Plazo de caducidad)
2012/C 250/13
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Corte suprema di cassazione
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Ministero dell’Economia e delle Finanze, Agenzia delle Entrate
Demandada: Elsacom NV
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Corte suprema di cassazione — Interpretación del artículo 7, apartado 1, de la Directiva 79/1072/CEE del Consejo, de 6 de diciembre de 1979, Octava Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — modalidades de devolución del Impuesto sobre el valor añadido a los sujetos pasivos no establecidos en el interior del país (DO L 331, p. 11; EE 09/01, p. 116) — Plazo para la presentación de la solicitud de devolución de los seis meses siguientes a la expiración del año natural durante el que se hubiera devengado el impuesto — Naturaleza jurídica del plazo establecido en la Directiva.
Fallo
El plazo de seis meses previsto en el artículo 7, apartado 1, párrafo primero, última frase, de la Directiva 79/1072/CEE del Consejo, de 6 de diciembre de 1979, Octava Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Modalidades de devolución del impuesto sobre el valor añadido a los sujetos pasivos no establecidos en el interior del país, es un plazo de caducidad.
(1) DO C 252, de 27.8.2011.
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