27.10.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 331/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 6 de septiembre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Lowlands Design Holding BV/Minister van Financiën
(Asunto C-524/11) (1)
(Arancel Aduanero Común - Nomenclatura Combinada - Clasificación arancelaria - Sacos de dormir de bebés y niños pequeños - Subpartidas 6209 20 00 o 6211 42 90)
2012/C 331/19
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Lowlands Design Holding BV
Recurrida: Minister van Financiën
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Hoge Raad der Nederlanden — Interpretación del anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común (DO L 256, p. 1) y del Reglamento (CE) no 651/2007 de la Comisión, de 8 de junio de 2007, relativo a la clasificación de ciertas mercancías en la nomenclatura combinada (DO L 153, p. 3) — Sacos de dormir par bebés y para niños.
Fallo
La Nomenclatura Combinada que constituye el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1719/2005 de la Comisión, de 27 de octubre de 2005, debe interpretarse en el sentido de que unos sacos de dormir como los controvertidos en el litigio principal deben ser clasificados en la subpartida 6209 20 00 como «prendas y complementos (accesorios), de vestir, para bebés, de algodón» si, por sus dimensiones, son convenientes para niños cuya altura total de su cuerpo no supere 86 cm. De no ser así, estos productos deben ser clasificados en la subpartida 6211 42 90 como «demás prendas de vestir para mujeres o niñas, de algodón».
(1) DO C 25, de 28.1.2011.
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