8.12.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 379/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 18 de octubre de 2012 (petición de decisión prejudicial planteada por el Augstākās tiesas Senāts — Letonia) — Mednis SIA/Valsts ieņēmumu dienests
(Asunto C-525/11) (1)
(IVA - Directiva 2006/112/CE - Artículo 183 - Modalidades de devolución del excedente del IVA - Norma nacional que aplaza la devolución de una parte del excedente del IVA hasta el examen de la declaración-liquidación anual del sujeto pasivo - Principios de neutralidad fiscal y de proporcionalidad)
2012/C 379/19
Lengua de procedimiento: letón
Órgano jurisdiccional remitente
Augstākās tiesas Senāts
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Mednis SIA
Demandada: Valsts ieņēmumu dienests
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Augstākās tiesas Senāts — Interpretación del artículo 183 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1) — Deducción del IVA soportado — Normativa nacional que limita el reembolso mensual del excedente del IVA — Aplazamiento, hasta haber realizado un examen de la declaración fiscal anual, del reembolso de la parte del excedente del IVA que supere el 18 % del valor total de las operaciones imponibles realizadas en el período impositivo mensual de que se trate.
Fallo
El artículo 183 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que no concede a la Administración tributaria de un Estado miembro el derecho a retrasar, sin realizar ningún análisis específico, basándose únicamente en un cálculo aritmético, la devolución de una parte del excedente del impuesto sobre el valor añadido que se produce durante un período impositivo de un mes hasta que dicha Administración examine la declaración-liquidación anual del sujeto pasivo.
(1) DO C 6, de 7.1.2012.
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