14.4.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 112/2
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 27 de febrero de 2014 — Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte/Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-656/11) (1)
([Coordinación de los regímenes de seguridad social - Acuerdo sobre la libre circulación de personas entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra - Decisión del Consejo - Elección de la base jurídica - Artículo 48 TFUE - Artículo 79 TFUE, apartado 2, letra b)])
2014/C 112/02
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: inicialmente C. Murrell, posteriormente M. Holt, agentes, asistidos por A. Dashwood, QC)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandante: Irlanda (representantes: E. Creedon, L. Williams y J. Stanley, agentes, asistidos por N.J. Travers, BL)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: inicialmente G. Marhic y M. Veiga, posteriormente A. De Elera, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República Francesa (representantes: G. de Bergues y N. Rouam, agentes), Comisión Europea (representantes: inicialmente V. Kreuschitz, posteriormente S. Pardo Quintillán y J. Enegren, agentes)
Objeto
Recurso de anulación — Decisión del Consejo, de 16 de diciembre de 2011, relativa a la posición que ha de adoptar la Unión Europea en el Comité Mixto establecido en virtud del Acuerdo sobre la libre circulación de personas entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Confederación Suiza, por otra, en relación con la sustitución de su anexo II, relativo a la coordinación de los regímenes de seguridad social (DO L 341, p. 1) — Elección de la base jurídica — Artículo 48 TFUE (adopción, en el ámbito de la seguridad social, de las medidas necesarias para el establecimiento de la libre circulación de trabajadores) o artículo 79 TFUE, apartado 2, letra b) (derechos de los nacionales de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro) — Repercusiones prácticas de dicha elección sobre los derechos y obligaciones del Reino Unido habida cuenta del Protocolo no 21 sobre la posición de dicho Estado y de Irlanda con respecto al espacio de libertad, de seguridad y de justicia.
Fallo
1)
Desestimar el recurso.
2)
Condenar en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
3)
Irlanda, la República Francesa y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.
(1) DO C 49, de 18.2.2012.
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