12.3.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 80/15
Recurso de casación interpuesto el 11 de enero de 2011 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 27 de octubre de 2010 en el asunto T-24/05: Alliance One International, Inc. (anteriormente Standard Commercial Corp.), Standard Commercial Tobacco Company, Inc., y Trans-Continental Leaf Tobacco Corp. Ltd/Comisión Europea
(Asunto C-14/11 P)
2011/C 80/28
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre, É. Gippini Fournier, R. Sauer, agentes)
Otras partes en el procedimiento: Alliance One International, Inc. (anteriormente Standard Commercial Corp.), Standard Commercial Tobacco Company, Inc., y Trans-Continental Leaf Tobacco Corp. Ltd.
Pretensiones de la parte recurrente
—
Que se anule el punto 1 del fallo de la sentencia recurrida.
—
Que se desestime íntegramente el recurso de anulación interpuesto ante el Tribunal General.
—
Que se condene a TCLT al pago de las costas del presente recurso, y a la tres demandantes al pago de las costas del procedimiento en primera instancia
Motivos y principales alegaciones
La recurrente alega que la sentencia recurrida debe ser anulada por los siguientes motivos:
1)
El Tribunal General aplicó erróneamente el principio de igualdad de trato y vulneró una reiterada jurisprudencia conforme a la que la responsabilidad de cada sociedad debe apreciarse por sus circunstancias específicas.
2)
El Tribunal General cometió un error de Derecho al considerar que el trato atribuido a ciertas sociedades matrices por la Comisión determinaba el criterio jurídico para considerar responsables a otras sociedades matrices, a pesar de que ese criterio excede de lo que requiere la jurisprudencia.
3)
Al excluir que la Comisión formulara alegaciones en respuesta a la imputación de discriminación el Tribunal General vulneró el derecho de la Comisión a un procedimiento contradictorio e interpretó erróneamente el deber de motivación.
4)
El Tribunal General aplicó erróneamente el principio de igualdad de trato ya que Trans-Continental Leaf Tobacco Corp. Ltd. estaba en una situación objetivamente diferente de la de Intabex y Universal
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