30.7.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 226/14
Petición de decisión prejudicial planteada por el Mokestinių ginčų komisija prie Lietuvos Respublikos Vyriausybės (República de Lituania) el 20 de mayo de 2011 — Lietuvos geležinkeliai AB/Vilniaus teritorinė muitinė, Muitinės departamentas prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos
(Asunto C-250/11)
2011/C 226/27
Lengua de procedimiento: lituano
Órgano jurisdiccional remitente
Mokestinių ginčų komisija prie Lietuvos Respublikos Vyriausybės
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Lietuvos geležinkeliai AB
Demandada: Vilniaus teritorinė muitinė Muitinės departamentas prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe entenderse la exención de los derechos de importación que establecen los artículos 112, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 918/83 (1) y 107, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 1186/2009 (2) en el sentido de que se aplican a los vehículos automóviles (motorinės transporto priemonės) que son locomotoras?
2)
¿Debe entenderse la exención del impuesto sobre el valor añadido que establecen los artículos 82, apartado 1, letra a), de la Directiva 83/181/CEE (3) y 84, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/132/CE (4) en el sentido de que se aplican a los vehículos automóviles (motorinės transporto priemonės) que son locomotoras?
3)
Si se responde afirmativamente a la segunda cuestión, ¿deben interpretarse los artículos 82, apartado 1, letra a), de la Directiva 83/181/CEE y 84, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/132/CE en el sentido de que prohíben a los Estados miembros restringir los supuestos de exención del IVA a la importación correspondiente al combustible estableciendo que dicha exención se aplique exclusivamente al combustible admitido en el territorio de la Unión Europea contenido en los depósitos normales de los vehículos automóviles y necesario para el funcionamiento de dichos vehículos?
(1) Reglamento (CEE) no 918/83 del Consejo, de 28 de marzo de 1983, relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras (DO L 105, p. 59; EE 09/01, p. 156).
(2) Reglamento (CE) no 1186/2009 del Consejo, de 16 de noviembre de 2009, relativo al establecimiento de un régimen comunitario de franquicias aduaneras (DO L 324, p. 23).
(3) Directiva 83/181/CEE del Consejo, de 28 de marzo de 1983, que delimita el ámbito de aplicación de la letra d) del apartado 1 del artículo 14 de la Directiva 77/388/CEE en lo referente a la exención del impuesto sobre el valor añadido de algunas importaciones definitivas de bienes (DO L 105, p. 38; EE 09/01, p. 135).
(4) Directiva 2009/132/CE del Consejo, de 19 de octubre de 2009, que delimita el ámbito de aplicación del artículo 143, letras b) y c), de la Directiva 2006/112/CE en lo referente a la exención del impuesto sobre el valor añadido de algunas importaciones definitivas de bienes.
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