19.11.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 340/13
Recurso de casación interpuesto el 4 de octubre de 2011 por Polimeri Europa SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) dictada el 13 de julio de 2011 en el asunto T-59/07, Polimeri Europa/Comisión
(Asunto C-511/11 P)
2011/C 340/23
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Recurrente: Polimeri Europa SpA (representantes: M. Siragusa, F.M. Moretti, L. Nascimbene, avvocati)
Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea
Pretensiones de la parte recurrente
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Que se anule, en todo o en parte, la sentencia del Tribunal General en la parte en que desestima el recurso interpuesto por Polimeri en el asunto T-59/07 y en consecuencia:
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que se anule, en todo o en parte, la Decisión de la Comisión de 29 de noviembre de 2006, C(2006) 5700 final, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 81 (CE) y del artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/F/38.638 — Caucho de butadieno y caucho de emulsión estireno-butadieno; en lo sucesivo, «Decisión»);
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y/o que se anule, o al menos se reduzca, la multa impuesta a Polimeri mediante la Decisión.
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Con carácter subsidiario, que se anule, en todo o en parte, la sentencia en la parte en que desestima el recurso interpuesto por Polimeri en el asunto T-59/07 y que se devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie en cuanto al fondo a la luz de las indicaciones que le proporcione el Tribunal de Justicia.
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Que se condene a la Comisión al pago de las costas, tanto las del presente juicio como las del procedimiento en el asunto T-59/07.
Motivos y principales alegaciones
En opinión de la recurrente, el Tribunal General incurrió en un grave error en la lectura del pliego de cargos de 6 de abril de 2006 y, por tanto, se basó en premisas falsas para desestimar el tercer motivo formulado por Polimeri relativo a la vulneración de los derechos de la defensa que deriva de la divergencia entre el pliego de cargos de 6 de abril de 2006 y la Decisión por lo que atañe a las modalidades de reparto de la responsabilidad entre Polimeri y Syndial.
Considera que el Tribunal General aplicó erróneamente la jurisprudencia comunitaria relevante a efectos de imputar la infracción a Polimeri y excluir a Syndial de los destinatarios de la Decisión y que motivó insuficientemente el rechazo de las imputaciones formuladas al respecto por Polimeri.
El Tribunal General aplicó erróneamente la jurisprudencia comunitaria relevante a efectos de valorar los reproches formulados por Polimeri en relación con las divergencias entre las declaraciones de distintos trabajadores de las empresas que colaboraron en el marco del programa de clemencia, respecto de determinados aspectos de la supuesta infracción. El Tribunal General, al no tomar en consideración pruebas de descargo importantes, no ejerció el control jurisdiccional pleno sobre las pruebas aportadas por la Comisión.
El Tribunal General no señaló los errores graves cometidos por la Comisión al aplicar las Directrices para el cálculo de las multas y la calificación de «muy grave» de la infracción impugnada en la Decisión, motivando, por otra parte, insuficientemente la desestimación de los reproches formulados al respecto por Polimeri. El Tribunal no ejerció un control jurisdiccional pleno sobre la cuantificación de la multa impuesta a Polimeri.
El Tribunal General no señaló los graves errores cometidos por la Comisión al determinar el coeficiente de multiplicación motivando insuficientemente la desestimacióno de los reproches formulados al respecto por Polimeri. El Tribunal General tampoco señaló que la Comisión incumplió el principio de la igualdad de trato en la determinación del coeficiente de multiplicación y, además, motivó insuficientemente la desestimacióno de los reproches formulados al respecto por Polimeri.
El Tribunal General incurrió en un error grave al aplicar la jurisprudencia comunitaria relevante a efectos de valorar los reproches formulados por Polimeri en relación con la inadmisibilidad de determinados anexos al escrito de interposición de la demanda y motivó insuficientemente dicho punto. De ese modo, el Tribunal General puso en entredicho las alegaciones defensivas de Polimeri contra los cargos formulados en relación con la existencia del cártel y a su participación en el mismo, incumpliendo de modo contrario a Derecho su deber de llevar a cabo el control jurisdiccional sobre los hechos impugnados por la Comisión.
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