25.2.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 58/5
Recurso de casación interpuesto el 19 de diciembre de 2011 por Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop. Galega contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 5 de octubre de 2011 en el asunto T-421/10, Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop. Galega/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) y María Constantina Sotelo Ares
(Asunto C-649/11 P)
2012/C 58/07
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrente: Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop. Galega (representante: I. Temiño Ceniceros, abogado)
Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) y María Constantina Sotelo Ares
Pretensiones
—
Que se declare admisible el presente recurso.
—
Que se anule totalmente la resolución del Tribunal General en el asunto T-421/10 de 5 de octubre de 2011.
—
Que se condene en costas a la OAMI.
Motivos y principales alegaciones
1)
Incumplimiento por parte del Tribunal General de la obligación de motivación y en concreto el art. 36 del Protocolo (no 3) sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el artículo 53 del mismo.
2)
La vulneración de los derechos de defensa de Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop. Galega y del derecho a un proceso justo y en concreto del art. 6 del Convenio Europeo para la protección de las Libertades Fundamentales.
3)
La vulneración del artículo 8.1, b) del Reglamento 207/2009 (1) del Consejo, de 26 de febrero de 2009.
(1) Sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).
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