10.3.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 73/19
Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberverwaltungsgericht für das Land Nordrhein-Westfalen (Alemania) el 30 de diciembre de 2011 — M y otros/Bundesamt für Migration und Flüchtlinge
(Asunto C-666/11)
2012/C 73/34
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Oberverwaltungsgericht für das Land Nordrhein-Westfalen
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: M, N, O, P, Q
Demandada: Bundesamt für Migration und Flüchtlinge
Cuestiones prejudiciales
1)
En el marco de un procedimiento judicial relativo a la declaración de no responsabilidad y a la orden de expulsión hacia el Estado miembro que es responsable a juicio del Estado miembro en el que se haya presentado la solicitud de asilo (Estado miembro requirente), ¿puede un solicitante de asilo invocar que el traslado no se efectuó en el plazo de seis meses previsto en el artículo 19, apartado 4, del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo, de 18 de febrero de 2003, (1) y que, por tanto, la responsabilidad incumbe ahora al Estado miembro requirente?
2)
¿Un intento de suicidio (aun simulado), a causa del cual no sea posible el traslado al Estado miembro responsable, constituye un caso de fuga a efectos del artículo 19, apartado 4, segunda frase, del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo?
3)
En el marco de un procedimiento judicial relativo a la declaración de no responsabilidad y a la orden de expulsión, ¿puede un solicitante de asilo invocar una transferencia de responsabilidad con arreglo al artículo 9, apartado 2, segunda frase, del Reglamento (CE) no 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003? (2)
4)
El hecho de que el Estado miembro requirente informe al Estado miembro responsable acerca de la suspensión del traslado ya organizado pero no de la circunstancia de que el traslado no podrá efectuarse en el plazo de seis meses ¿impide la transferencia de responsabilidad con arreglo al artículo 9, apartado 2, segunda frase, del Reglamento (CE) no 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003?
5)
¿Existe un derecho que un solicitante de asilo pueda hacer valer judicialmente para que un Estado miembro examine la asunción de responsabilidad con arreglo al artículo 3, apartado 2, primera frase, del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo y le comunique al solicitante los motivos de su decisión?
(1) Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo, de 18 de febrero de 2003, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 50, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 343/2003 del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO L 222, p. 3).
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