Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 8 de febrero de 2012 —
Yorma’s/OAMI
(Asunto C‑191/11 P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº 40/94 — Artículo 8, apartado 1, letra b) — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa que incluye el elemento denominativo “yorma’s” — Marca comunitaria denominativa anterior NORMA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión»
1. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256 TFUE, ap. 1, párr. 2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véase el apartado 36)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria —Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 43)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 15 de febrero de 2011, Yorma’s/OAMI — Norma Lebensmittelfilialbetrieb (YORMA’S) (T‑213/09), mediante la que dicho Tribunal desestimó el recurso de anulación interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI, de 20 de febrero de 2009, por la que se deniega el registro de un signo figurativo que incluye el elemento denominativo «yorma’s» como marca comunitaria para determinados servicios de las clases 35 y 42, estimando la oposición del titular de la marca comunitaria denominativa anterior «NORMA» — Riesgo de confusión entre dos marcas — Apreciación errónea de la similitud de las marcas y servicios de que se trata — Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94.
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
Condenar en costas a Yorma’s AG.
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