Auto del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 15 de febrero de 2012 — Internationaler Hilfsfonds/Comisión
(Asunto C‑208/11 P)
«Recurso de casación — Acceso a los documentos — Recurso de anulación de las decisiones de la Comisión que deniegan el acceso a los documentos relativos a un contrato para la cofinanciación de un proyecto de asistencia médica en Kazajistán — Inadmisibilidad del recurso por extemporaneidad — Determinación errónea del inicio del cómputo del plazo para recurrir»
1. Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Actos de trámite — Exclusión — Posición inicial en el marco de una solicitud de acceso del público a los documentos de la Comisión — Acto de trámite [Art. 263 TFUE; Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véanse los apartados 29 y 30)
2. Recurso de casación — Motivos — Inadmisibilidad del recurso ante el Tribunal General — Motivo de orden público — Examen de oficio (véase el apartado 34)
3. Recurso de casación — Motivos — Fundamentos de una sentencia viciados por una infracción del Derecho de la Unión — Fallo justificado en virtud de otros fundamentos de Derecho — Desestimación (véase el apartado 35)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal General (Sala Cuarta) de 24 de marzo de 2011 dictado en el asunto T‑36/10 — Internationaler Hilfsfonds/Comisión, por el que dicho Tribunal declaró parcialmente inadmisible un recurso de anulación de las decisiones de la Comisión, de 9 de octubre de 2009 y de 1 de diciembre de 2009, por las que se había denegado a Internationaler Hilfsfonds el acceso completo al expediente del contrato LIEN 97‑2011 para la cofinanciación de un proyecto de asistencia médica en Kazajistán — Inadmisibilidad del recurso por extemporaneidad — Determinación errónea del inicio del cómputo del plazo para recurrir.
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
Condenar en costas a Internationaler Hilfsfonds eV.
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