Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 22 de marzo de 2012 — Emram/OAMI
(Asunto C‑354/11 P)
«Recurso de casación — Artículo 119 del Reglamento de Procedimiento — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº 40/94 — Artículo 8, apartado 1, letra b) — Solicitud de registro de la marca figurativa G — Marcas figurativas anteriores G — Oposición del titular — Grado de similitud — Riesgo de confusión»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Escaso carácter distintivo de la marca anterior — Relevancia [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 44)
2. Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos y de las pruebas — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1) (véase el apartado 48)
3. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Legalidad — Examen por el juez comunitario — Criterios [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo] (véase el apartado 92)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 10 de mayo de 2011, Emram/OAMI (T‑187/10), por la que se desestima el recurso promovido contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI, de 11 de febrero de 2010 (asunto R 1281/2008‑1), relativa a un procedimiento de oposición sustanciado entre Guccio Gucci SpA y M. Emram — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1) — Solicitud de marca comunitaria figurativa G — Riesgo de confusión — Desnaturalización de las pruebas — Apreciación errónea del carácter distintivo — Violación del principio de igualdad de trato.
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
Condenar en costas al Sr. Emram.
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