8.2.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 48/29
Sentencia del Tribunal General de 16 de diciembre de 2015 — Air Canada/Comisión
(Asunto T-9/11) (1)
((«Competencia - Prácticas colusorias - Mercado europeo del transporte aéreo de mercancías - Acuerdos y prácticas concertadas sobre diversos elementos de los precios de los servicios de transporte aéreo de mercancías (establecimiento de recargos por combustible y recargos por seguridad y negativa a pagar una comisión sobre los recargos) - Artículo 101 TFUE, artículo 53 del Acuerdo EEE y artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad y Suiza sobre el transporte aéreo - Obligación de motivación»))
(2016/C 048/33)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Air Canada (Quebec, Canadá) (representantes: S. Kim, H. Bignall, J. Pheasant y T. Capel, Solicitors)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente, S. Noë y N. von Lingen; posteriormente, J. Bourke y S. Noë, y, por último, A. Dawes y H. Leupold, agentes, asistidos por G. Peretz, Barrister)
Objeto
Pretensión de que se anule la Decisión C(2010) 7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías), en la medida en que se refiere a la demandante, y, con carácter subsidiario, de que se reduzca la multa impuesta a esta última.
Fallo
1)
Anular la Decisión C(2010) 7694 final de la Comisión, de 9 de noviembre de 2010, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 TFUE, del artículo 53 del Acuerdo EEE y del artículo 8 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (Asunto COMP/39258 — Transporte aéreo de mercancías), en la medida en que se refiere a Air Canada.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido Air Canada.
(1) DO C 72, de 5.3.2011.
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