28.5.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 160/23
Recurso interpuesto el 25 de marzo de 2011 — Automobili Lamborghini/OAMI — Miura Martínez (Miura)
(Asunto T-191/11)
2011/C 160/37
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandante: Automobili Lamborghini Holding SpA (Sant’Agata Bolognese, Italia) (representante: P. Kather, Abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Eduardo Miura Martínez (Sevilla) y Antonio José Miura Martínez (Sevilla)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 21 de enero de 2011, en el asunto R 161/2010-4.
—
Condene en costas a la demandada.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Automobili Lamborghini Holding SpA
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa que contiene el elemento denominativo «Miura» para productos y servicios de las clases 12, 14, 18, 25 y 28
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Eduardo Miura Martínez y Antonio José Miura Martínez
Marca o signo invocado: Marcas internacionales y nacionales que contienen el elemento denominativo «MIURA» para productos y servicios de las clases 12, 14, 24, 25 y 39, marca denominativa nacional «MIURA» para productos de la clases 18 y 25 y denominación «MIURA», utilizada en el tráfico mercantil, para la cría de toros
Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 42, apartado 2, del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) puesto que las coadyuvantes no acreditaron el uso de la marca opuesta, e infracción del artículo 75 del mismo Reglamento, puesto que la demandante no pudo pronunciarse respecto a los considerandos determinantes de las resoluciones, puesto que no se le notificó la formalización de la oposición.
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1)
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