24.9.2011
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 282/34
Recurso interpuesto el 18 de julio de 2011 — Guccio Gucci/OAMI — Chang Qing Qing (GUDDY)
(Asunto T-389/11)
2011/C 282/67
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Guccio Gucci SpA (Florencia, Italia) (representante: F. Jacobacci, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Chang Qing Qing (Florencia, Italia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 14 de abril de 2011 en el asunto R 143/2010-1, en la medida en que rechazó la oposición por lo que atañe al resto de productos de las clases 9 y 14.
—
Condene en costas a la demandada.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «GUDDY», para varios productos de las clases 9, 14, 18 y 25 — Solicitud de marca comunitaria no 6.799.531
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante
Marca o signo invocado: Registro comunitario no 121.988 de la marca denominativa «GUCCI», para productos de las clases 9, 14, 18 y 25
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación parcial de la resolución de la División de Oposición y desestimación parcial del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento no 207/2009, al no haber la Sala de Recurso i) examinado correctamente los documentos presentados para poder alcanzar las conclusiones apropiadas por lo que respecta al elevado carácter distintivo de la marca «GUCCI» y a la comparación fonética entre las marcas y al haber posteriormente incurrido en error al ii) interpretar y aplicar el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento sobre la marca comunitaria.
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