14.12.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 367/17
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de octubre de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Gelsenkirchen — Alemania) — Michael Schwarz/Stadt Bochum
(Asunto C-291/12) (1)
(Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Pasaporte con datos biométricos - Impresiones dactilares - Reglamento (CE) no 2252/2004 - Artículo 1, apartado 2 - Validez - Base jurídica - Procedimiento de adopción - Artículos 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Derecho al respeto de la vida privada - Derecho a la protección de los datos de carácter personal - Proporcionalidad)
2013/C 367/29
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Verwaltungsgericht Gelsenkirchen
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Michael Schwarz
Demandada: Stadt Bochum
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Verwaltungsgericht Gelsenkirchen — Validez del artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2252/2004 del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros (DO L 385, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 444/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009 (DO L 142, p. 1; corrección de errores en DO L 188, p. 127), a la luz del artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales, y del artículo 8 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales — Derecho de una persona a que se le expida un pasaporte sin que se registren sus impresiones dactilares.
Fallo
El examen de la cuestión prejudicial no ha puesto de manifiesto ningún elemento que pueda afectar a la validez del artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2252/2004 del Consejo, de 13 de diciembre de 2004, sobre normas para las medidas de seguridad y datos biométricos en los pasaportes y documentos de viaje expedidos por los Estados miembros, en su versión resultante del Reglamento (CE) no 444/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009.
(1) DO C 273, de 8.9.2012.
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