22.2.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 52/16
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 12 de diciembre de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court of the United Kingdom — Reino Unido) — Test Claimants in the Franked Investment Income Group Litigation/Commissioners of Inland Revenue Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs
(Asunto C-362/12) (1)
(Tutela judicial - Principio de efectividad - Principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima - Devolución de cantidades indebidamente percibidas - Vías de recurso - Legislación nacional - Reducción del plazo de prescripción de las vías de recurso disponibles sin previo aviso y con carácter retroactivo)
2014/C 52/26
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
Supreme Court of the United Kingdom
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Test Claimants in the Franked Investment Income Group Litigation
Demandadas: Commissioners of Inland Revenue Commissioners for Her Majesty’s Revenue and Customs
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Supreme Court of the United Kingdom — (Reino Unido) — Interpretación de los artículos 49 TFUE y 63 TFUE — Impuestos nacionales contrarios al Derecho comunitario — Devolución de impuestos pagados indebidamente — Coexistencia en Derecho nacional de dos acciones alternativas abiertas a los contribuyentes para reclamar la devolución de impuestos recaudados, una de las cuales goza de un plazo de prescripción más prolongado — Normativa nacional que reduce, con efectos retroactivos y sin preaviso, el plazo más largo — Compatibilidad con los principios de efectividad, seguridad jurídica y confianza legítima.
Fallo
1)
En una situación en la que los contribuyentes, de conformidad con el Derecho nacional, pueden optar entre dos vías de recurso posibles en materia de devolución de un impuesto recaudado con infracción del Derecho de la Unión, y una de ellas goza de un plazo de prescripción más prolongado, los principios de efectividad, seguridad jurídica y protección de la confianza legítima se oponen a que una legislación nacional reduzca dicho plazo de prescripción sin previo aviso y con carácter retroactivo.
2)
La circunstancia de que, cuando el contribuyente interpuso su recurso, la disponibilidad de la vía de recurso que ofrecía el plazo de prescripción más prolongado sólo había sido reconocida recientemente por un órgano jurisdiccional inferior y sólo fuera confirmada definitivamente por el órgano jurisdiccional supremo con posterioridad no influye en la respuesta dada a la primera cuestión.
(1) DO C 311, de 13.10.2012.
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