25.8.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 282/4
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 12 de junio de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof te ’s-Hertogenbosch — Países Bajos) — Granton Advertising BV/Inspecteur van de Belastingdienst Haaglanden/kantoor Den Haag
(Asunto C-461/12) (1)
([Procedimiento prejudicial - Sexta Directiva IVA - Exenciones - Artículo 13, parte B, letra d), números 3 y 5 - Conceptos de «demás títulos-valores» y «otros efectos comerciales» - Sistema de promoción de ventas - Tarjeta de descuento - Base imponible])
2014/C 282/05
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Gerechtshof te ’s-Hertogenbosch
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Granton Advertising BV
Demandada: Inspecteur van de Belastingdienst Haaglanden/kantoor Den Haag
Fallo
El artículo 13, parte B, letra d), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, debe interpretarse en el sentido de que la venta de una tarjeta de descuento, como la controvertida en el litigio principal, no constituye una operación relativa a «demás títulos-valores» o a «otros efectos comerciales», en el sentido de los números 5 y 3 de la citada disposición, respectivamente, que se refiere a determinadas operaciones que los Estados miembros deben eximir del impuesto sobre el valor añadido.
(1) DO C 9, de 12.1.2013.
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