29.3.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 93/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 13 de febrero de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Svea hovrätt — Suecia) — Nils Svensson, Sten Sjögren, Madelaine Sahlman, Pia Gadd/Retriever Sverige AB
(Asunto C-466/12) (1)
(Procedimiento prejudicial - Aproximación de las legislaciones - Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor - Directiva 2001/29/CE - Sociedad de la información - Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines - Artículo 3, apartado 1 - Comunicación al público - Concepto - Enlaces de Internet («enlaces sobre los que se puede pulsar») que dan acceso a obras protegidas)
2014/C 93/18
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Svea hovrätt
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Nils Svensson, Sten Sjögren, Madelaine Sahlman, Pia Gadd
Demandada: Retriever Sverige AB
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Svea hovrätt — Interpretación del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO L 167, p. 10) — Sitio de Internet de búsqueda y control que ofrece a sus abonados un servicio de acceso a obras protegidas a cambio de una contraprestación — Inclusión por una persona distinta del titular de la obra o de sus derechohabientes en su página web de un enlace que da acceso a la obra.
Fallo
1)
El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, debe interpretarse en el sentido de que no constituye un acto de comunicación al público, a efectos de dicha disposición, la presentación en una página de Internet de enlaces sobre los que se puede pulsar y que conducen a obras que pueden consultarse libremente en otra página de Internet.
2)
El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29 debe interpretarse en el sentido de que se opone a que un Estado miembro pueda proteger más ampliamente a los titulares de derechos de autor estableciendo que el concepto de comunicación al público incluya más actos que los previstos en dicha disposición.
(1) DO C 379, de 8.12.2012.
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