16.3.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 79/6
Petición de decisión prejudicial planteada por el Arbeidshof te Antwerpen (Bélgica) el 14 de diciembre de 2012 — Lyreco Belgium NV/Sophie Rogiers
(Asunto C-588/12)
2013/C 79/11
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Arbeidshof te Antwerpen
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Lyreco Belgium NV
Recurrida: Sophie Rogiers
Cuestión prejudicial
¿Se oponen las disposiciones de las cláusulas 1 y 2, punto 4, del Acuerdo marco sobre el permiso parental, celebrado el 14 de diciembre de 1995 por las organizaciones interprofesionales de carácter general UNICE, CEEP y CES, que figura en anexo a la Directiva 96/34/CE (1) del Consejo, de 3 de junio de 1996, relativa al Acuerdo marco sobre el permiso parental celebrado por la UNICE, el CEEP y la CES, a que la indemnización de protección, que debe ser abonada al trabajador que estaba vinculado en virtud de un contrato de trabajo a tiempo completo por tiempo indefinido con su empresario y cuyo contrato es resuelto unilateralmente por éste sin razones imperiosas o suficientes durante un período en el que las prestaciones se han reducido en un 20 % o un 50 % debido al disfrute de un permiso parental, se calcule de conformidad con el salario adeudado durante dicho período, cuando el mismo trabajador tendría derecho a una indemnización de protección proporcional al salario correspondiente al trabajo a tiempo completo en el supuesto de que hubiese reducido sus prestaciones en un 100 %?
(1) DO L 145, p. 4.
Full & Egal Universal Law Academy