23.2.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 55/7
Recurso de casación interpuesto el 18 de diciembre de 2012 por Lancôme parfums et beauté & Cie contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 5 de octubre de 2012 en el asunto T-204/10, Lancôme parfums et beauté & Cie/Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
(Asunto C-593/12 P)
2013/C 55/10
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Lancôme parfums et beauté & Cie (representante: A. Von Mühlendahl, Rechtsanwalt)
Otras partes en el procedimiento: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos); Focus Magazin Verlag GmbH
Pretensiones de las partes recurrentes
La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:
—
Anule la sentencia del Tribunal General de 5 de octubre de 2012 en el asunto T-204/10.
—
Condene a la Oficina a pagar las costas del procedimiento sustanciado ante el Tribunal de Justicia y ante el Tribunal General, así como las costas del procedimiento ante la Sala de Recursos de la Oficina.
Motivos y principales alegaciones
La recurrente alega que la sentencia recurrida debe ser anulada por los siguientes motivos:
En primer lugar, la recurrente alega que el Tribunal General infringió el artículo 53, apartado 1, del RMC (1) en relación con el artículo 8, apartado 1, letra b), del RMC al sostener que la Oficina consideró acertadamente que debía declararse la nulidad de COLOR FOCUS debido al riesgo de confusión existente.
En segundo lugar, la recurrente sostiene que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho sustancial al desestimar la alegación de la recurrente según la cual la reivindicación de los derechos basados en la marca FOCUS supone un «abuso de derecho».
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).
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