Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 4 de julio de 2012 — Trevisanato/Comisión
(Asunto C-25/12 P)
«Recurso de casación — Artículo 119 del Reglamento de Procedimiento — Pretensión de que se inste a la Comisión a pronunciarse respecto de la interpretación y la transposición de una directiva — Inadmisibilidad manifiesta»
1. Recurso de casación — Motivos — No determinación del error de Derecho invocado — Inadmisibilidad manifiesta [Art. 256 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 112, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 15 a 18)
2. Procedimiento judicial — Decisión adoptada por medio de auto motivado — Requisitos — Recurso manifiestamente inadmisible o manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno — Auto dictado sin haberse presentado escrito de contestación — Procedencia (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 111) (véanse los apartados 21 a 23)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 13 de diciembre de 2011, Trevisanato/Comisión (T-510/11), mediante el cual dicho Tribunal desestimó el recurso dirigido a que se requiriera a la Comisión para que tomase posición sobre la denuncia presentada por la parte demandante — Falta de emisión por la Comisión de un dictamen vinculante sobre el ámbito de aplicación de la Directiva 98/59/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros que se refieren a los despidos colectivos (DO L 225, p. 16) — Incompetencia manifiesta del Tribunal General — Requisitos de aplicación del artículo 111 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.
Fallo
1)
Desestimar el recurso de casación.
2)
El Sr. Trevisanato cargará con sus propias costas.
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