10.11.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 343/23
Recurso interpuesto el 6 de septiembre de 2012 — ZZ/Comisión
(Asunto F-93/12)
2012/C 343/39
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: ZZ (representante: M.-A. Lucas, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Objeto y descripción del litigio
Recurso de anulación de la decisión de no renovar el contrato de agente contractual de la parte demandante.
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la decisión de 1 de diciembre de 2011 de la Directora de la OIL de no renovar el contrato de la parte demandante, que, en consecuencia, finalizó el 15 de enero de 2012.
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Que se anule, en la medida en que resulte necesario, la decisión confirmatoria de dicha decisión contenida en el escrito de 6 de febrero de 2012 de la Directora.
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Que se condene a la Comisión a abonar a la parte demandante, en concepto de indemnización por el perjuicio causado a su carrera profesional desde el 15 de enero hasta el 30 de junio de 2012, el importe correspondiente a la diferencia entre el importe neto de la retribución que habría obtenido en la OIL y el de la prestación por desempleo a la que ha tenido derecho, calculado con carácter provisional en 11 309 euros, y a abonar en su cuenta en el régimen comunitario de pensiones las cotizaciones correspondientes a la remuneración a la que habría tenido derecho.
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Que se ordene la renovación por tiempo indefinido del contrato de la parte demandante con la OIL, con efectos a la fecha de expiración de su contrato actual.
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Con carácter subsidiario, que se condene a la Comisión a abonar a la parte demandante, en concepto de indemnización por el perjuicio que sufriría de otro modo su carrera profesional desde esa fecha, la diferencia entre la retribución y los derechos a pensión que habría adquirido si su contrato con la OIL hubiera sido renovado por tiempo indefinido y la retribución o los ingresos sustitutivos y la pensión a los que podría además tener derecho.
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Que se condene a la Comisión a abonar a la parte demandante, en concepto de indemnización por el daño moral sufrido como consecuencia de la no renovación de su contrato con la OIL, un importe de 5 000 euros.
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Que se condene a la Comisión a abonar a la parte demandante, en concepto de indemnización por el daño moral sufrido como consecuencia de la ilegalidad de su informe de evaluación de 2010, un importe de 5 000 euros.
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Que se condene en costas a la Comisión.
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