8.9.2012
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 273/12
Recurso interpuesto el 25 de junio de 2012 — Bimbo/OAMI — Café do Brasil (Caffè KIMBO)
(Asunto T-277/12)
2012/C 273/20
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Bimbo, S.A. (Barcelona) (representante: J. Carbonell Callicó, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Café do Brasil Spa (Melito di Napoli, Italia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Modifique la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 15 de mayo de 2012 en el asunto R 1017/2011-4.
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Con carácter subsidiario, y únicamente en el supuesto de que se desestime la pretensión anterior, anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 15 de mayo de 2012 en el asunto R 1017/2011-4.
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Condene en costas a la demandada y a la otra parte en el procedimiento.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa en negro, rojo, dorado y blanco «Caffè KIMBO», para productos de las clases 11, 21 y 30 — Solicitud de marca comunitaria no 3.478.311
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La demandante
Marca o signo invocado en el procedimiento de oposición: El registro de marca española no 291.655 de la marca denominativa «BIMBO» para productos de la clase 30; marca notoria anterior en España «BIMBO» para productos de la clase 30
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición en lo que respecta a parte de los productos controvertidos
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación parcial de la resolución impugnada y desestimación del recurso en todo lo demás
Motivos invocados:
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Infracción de los artículos 64, 75 y 76 del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo.
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Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo.
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