2.2.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 32/23
Recurso interpuesto el 3 de diciembre de 2012 — Recaro/OAMI — Certino Mode (RECARO)
(Asunto T-524/12)
2013/C 32/37
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Recaro Beteiligungs-GmbH (Kaiserslautern, Alemania) (representante: J. Weiser, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Certino Mode, S.L. (Elche, Alicante)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
—
Modifique la Decisión impugnada de forma que se desestime el recurso promovido por la coadyuvante y se declare en su integridad la caducidad de la marca comunitaria no 734.343 «RECARO».
—
Subsidiariamente, anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 6 de septiembre de 2012 en el asunto R 1761/2011-1.
—
Imponga a la OAMI y, en su caso, a la parte coadyuvante, el pago de las costas causadas en este procedimiento y de los gastos inherentes al procedimiento de recurso ante la OAMI.
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de caducidad: La marca denominativa «RECARO», para productos comprendidos en las clases 10 y 25 — marca comunitaria registrada con el no 734.343
Titular de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Parte que solicita la caducidad de la marca comunitaria: La demandante
Resolución de la División de Anulación: Declaración de caducidad de la marca comunitaria
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación parcial de la resolución impugnada
Motivos invocados:
—
Infracción del artículo 5, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 15 del Reglamento no 207/2009 del Consejo.
—
Infracción del artículo 76, apartado 2, del Reglamento no 207/2009 del Consejo, en relación con la regla 50, apartado 1, del Reglamento no 2868/95 de la Comisión.
—
Infracción del artículo 75, apartado 1, del Reglamento no 207/2009 del Consejo.
Full & Egal Universal Law Academy