15.9.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 315/9
Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 17 de julio de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio Nazionale Forense — Italia) — Angelo Alberto Torresi (C-58/13), Pierfrancesco Torresi (C-59/13)/Consiglio dell’Ordine degli Avvocati di Macerata
(Asuntos acumulados C-58/13 y C-59/13) (1)
((Procedimiento prejudicial - Libre circulación de personas - Acceso a la profesión de abogado - Posibilidad de denegar la inscripción en el registro del Colegio de abogados a los nacionales de un Estado miembro que hayan obtenido la cualificación profesional de abogado en otro Estado miembro - Fraude de ley))
2014/C 315/12
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Consiglio Nazionale Forense
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Angelo Alberto Torresi (C-58/13), Pierfrancesco Torresi (C-59/13)
Demandada: Consiglio dell’Ordine degli Avvocati di Macerata
Fallo
1)
El artículo 3 de la Directiva 98/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en un Estado miembro distinto de aquel en el que se haya obtenido el título, debe interpretarse en el sentido de que no puede constituir una práctica abusiva el hecho de que un nacional de un Estado miembro se traslade a otro Estado miembro para adquirir en éste la cualificación profesional de abogado, como resultado de la superación de exámenes universitarios, y regrese al Estado miembro del que es nacional para ejercer en él la profesión de abogado con el título profesional obtenido en el Estado miembro en el que adquirió esa cualificación profesional.
2)
El examen de la segunda cuestión planteada no ha revelado ningún elemento que pueda afectar a la validez del artículo 3 de la Directiva 98/5.
(1) DO C 147 de 25.5.2013.
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