23.2.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 65/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 18 de diciembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Staatssecretaris van Financiën/X
(Asunto C-87/13) (1)
((Procedimiento prejudicial - Libertad de establecimiento - Normativa tributaria - Impuesto sobre la renta - Sujeto pasivo no residente - Deducibilidad de los gastos relativos a un monumento histórico habitado por su propietario - No deducibilidad en el caso de un monumento que no está registrado como monumento protegido en el Estado de imposición a pesar de estarlo en el Estado de residencia))
(2015/C 065/04)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Staatssecretaris van Financiën
Demandada: X
Fallo
El artículo 49 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro que, en nombre de la protección del patrimonio cultural e histórico nacional, reserve exclusivamente a los propietarios de monumentos situados en su territorio la posibilidad de deducir los gastos relativos a monumentos declarados como tales, siempre que esta posibilidad se ofrezca también a los propietarios de monumentos que puedan vincularse al patrimonio cultural e histórico de dicho Estado miembro a pesar de que estén situados en el territorio de otro Estado miembro.
(1) DO C 141, de 18.5.2013.
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