17.11.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 409/8
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de septiembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Bélgica) — Philippe Gruslin/Beobank SA, anteriormente denominada Citibank Belgium SA
(Asunto C-88/13) (1)
([Procedimiento prejudicial - Libertad de establecimiento - Libre prestación de servicios - Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM) - Directiva 85/611/CEE - Artículo 45 - Concepto de «pagos a los partícipes» - Entrega a los partícipes de certificados de participaciones nominativas])
2014/C 409/11
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour de cassation
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Philippe Gruslin
Demandada: Beobank SA, anteriormente denominada Citibank Belgium SA
Fallo
La obligación establecida en el artículo 45 de la Directiva 85/611/CEE del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM), en su versión modificada por la Directiva 95/26/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 1995, según la cual los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios que comercialicen sus participaciones en el territorio de un Estado miembro que no sea aquel en el que estén situados están obligados a garantizar los pagos a los partícipes en el Estado miembro de comercialización, debe interpretarse en el sentido de que no incluye la entrega a los partícipes de certificados representativos de las participaciones que estén inscritas a su nombre en el registro de portadores de participaciones que lleva la entidad emisora.
(1) DO C 147, de 25.5.2013.
Full & Egal Universal Law Academy