22.2.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 68/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 17 de diciembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance de Namur — Bélgica) — Proximus SA, anteriormente Belgacom SA, que sustituyó a Belgacom Mobile SA en el procedimiento iniciado a instancia de ésta/Province de Namur
(Asunto C-517/13) (1)
((Procedimiento prejudicial - Redes y servicios de comunicaciones electrónicas - Directiva 97/13/CE - Artículos 4 y 11 - Directiva 2002/20/CE - Artículo 6 - Condiciones que pueden asociarse a la autorización general y a los derechos de uso de radiofrecuencias y números, y obligaciones específicas - Artículo 13 - Cánones por derechos de instalación de recursos - Ámbito de aplicación - Ordenanza provincial - Tasa que grava las torres y/o unidades de transmisión y de recepción de la red de telefonía móvil))
(2016/C 068/03)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal de première instance de Namur
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Proximus SA, anteriormente Belgacom SA, que sustituyó a Belgacom Mobile SA en el procedimiento iniciado a instancia de ésta
Demandada: Province de Namur
Fallo
Los artículos 6 y 13 de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización), deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a que una tasa como la controvertida en el litigio principal se aplique a la persona física o jurídica que explota una torre y/o una unidad de transmisión y de recepción de la red de telefonía móvil.
(1) DO C 352 de 30.11.2013.
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