12.1.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 7/10
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 6 de noviembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Agenzia delle Dogane, Ufficio di Verona dell’Agenzia delle Dogane/ADL American Dataline Srl
(Asunto C-546/13) (1)
([Procedimiento prejudicial - Reglamento (CEE) no 2658/87 - Arancel Aduanero Común - Clasificación arancelaria - Nomenclatura Combinada - Partidas 8471 y 8518 - Cajas de altavoces que reproducen el sonido mediante la conversión de una señal electromagnética en ondas sonoras, que sólo se pueden conectar a un ordenador y se comercializan por separado])
(2015/C 007/13)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Corte suprema di cassazione
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Agenzia delle Dogane, Ufficio di Verona dell’Agenzia delle Dogane
Demandada: ADL American Dataline Srl
Fallo
La Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, en sus versiones resultantes, sucesivamente, del Reglamento (CE) no 2388/2000 de la Comisión, de 13 de octubre de 2000, del Reglamento (CE) no 2031/2001 de la Comisión, de 6 de agosto de 2001, del Reglamento (CE) no 1832/2002 de la Comisión, de 1 de agosto de 2002, y del Reglamento (CE) no 1789/2003 de la Comisión, de 11 de septiembre de 2003, debe interpretarse en el sentido de que los productos, como los controvertidos en el litigio principal, que se conectan a un ordenador provisto del sistema operativo «MAC OS 9» o de un sistema más avanzado deben clasificarse como altavoces en la subpartida 8518 22 90 de dicha Nomenclatura.
(1) DO C 377, de 21.12.2013.
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