23.2.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 65/12
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 18 de diciembre de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione Tributaria Provinciale di Cagliari — Italia) — Società Edilizia Turistica Alberghiera Residenziale (SETAR)/Comune di Quartu S. Elena
(Asunto C-551/13) (1)
((Procedimiento prejudicial - Directiva 2008/98/CE - Artículo 15 - Gestión de residuos - Posibilidad de que el productor de residuos efectúe por sí mismo su tratamiento - Ley nacional de transposición adoptada, pero que aún no ha entrado en vigor - Vencimiento del plazo de transposición - Efecto directo))
(2015/C 065/17)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Commissione Tributaria Provinciale di Cagliari
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Società Edilizia Turistica Alberghiera Residenziale (SETAR)
Demandada: Comune di Quartu S. Elena
Fallo
El Derecho de la Unión y la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que transpone una disposición de dicha Directiva, pero cuya entrada en vigor está supeditada a la adopción de un acto interno posterior, si tal entrada en vigor se produce tras el vencimiento del plazo para la transposición establecido por la mencionada Directiva.
El artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2008/98, en relación con los artículos 4 y 13 de ésta, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que no prevé la posibilidad de que un productor de residuos o un poseedor de residuos elimine por sí mismo los residuos, de modo que quede eximido del pago de un impuesto local de eliminación de los residuos, siempre que éste cumpla las exigencias del principio de proporcionalidad.
(1) DO C 377, de 21.12.2013.
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