13.4.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 108/17
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Central Administrativo Norte (Portugal) el 4 de febrero de 2013 — Marina da Conceição Pacheco Almeida/Fundo de Garantia Salarial, IP, Instituto da Segurança Social, IP
(Asunto C-57/13)
2013/C 108/35
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Central Administrativo Norte
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Marina da Conceição Pacheco Almeida
Recurridas: Fundo de Garantia Salarial, IP, Instituto da Segurança Social, IP
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión en el ámbito concreto de la garantía de los créditos salariales por insolvencia del empresario –en especial, los artículos 4 y 10 de la Directiva 80/987/CEE– (1) en el sentido de que se opone a una disposición de Derecho nacional que únicamente garantiza los créditos devengados dentro de los seis meses anteriores al ejercicio de la acción por insolvencia del empresario aun en el caso de que los trabajadores hayan actuado contra aquél ante el Tribunal do Trabalho al objeto de obtener la determinación judicial del importe adeudado y su cobro coercitivo?
(1) Directiva 80/987/CEE del Consejo, de 20 de octubre de 1980, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a la protección de los trabajadores asalariados en caso de insolvencia del empresario (DO L 283, p. 23; EE 05/02, p. 219).
Full & Egal Universal Law Academy