27.4.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 123/12
Recurso interpuesto el 20 de febrero de 2013 — Comisión Europea/Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-86/13)
2013/C 123/19
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Currall, D. Martin, J.-P. Keppenne, agentes)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se anule la Decisión del Consejo de 20 de diciembre de 2012 mediante la que se negó a adoptar la propuesta de la Comisión de Reglamento del Consejo por el que se adaptan, a partir del 1 de julio de 2012, las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea así como los coeficientes correctores que afectan a dichas retribuciones y pensiones.
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Que se condene en costas al Consejo de la Unión Europea.
Motivos y principales alegaciones
La Comisión invoca tres motivos en apoyo de su recurso.
El primer motivo se basa en la infracción del artículo 65 del Estatuto de los Funcionarios y de los artículos 1, 3 y 10 del anexo XI del Estatuto, en la medida en que, dado que la Comisión no propuso aplicar la cláusula de excepción del artículo 10 del anexo XI, el Consejo estaba obligado a adoptar antes del 31 de diciembre de 2012 la propuesta de adaptación anual de las retribuciones y pensiones de los funcionarios y agentes de la Unión presentada por la Comisión conforme al artículo 3 del anexo XI. El Consejo no tiene competencia para adoptar una decisión con arreglo, en esencia, al artículo 10 sin la propuesta oportuna de la Comisión y sin la participación del Parlamento, colegislador a tenor del artículo 10.
El segundo motivo se basa en la infracción del artículo 64 del Estatuto, y de los artículos 1 y 3 del anexo XI, en la medida en que el Consejo no adoptó, siendo así que estaba obligado a hacerlo, los nuevos coeficientes correctores que afectan a las retribuciones y pensiones, coeficientes propuestos por la Comisión para garantizar la igualdad de trato entre funcionarios y pensionistas, cualesquiera que sean su lugar de destino o de residencia, según el caso.
El tercer motivo se basa en la falta total de motivación, puesto que el Consejo únicamente señaló la falta de mayoría cualificada para adoptar la propuesta de la Comisión según el artículo 3 del anexo XI, sin explicar por qué se apartaba de ella. Este motivo se refiere tanto a la adaptación de las retribuciones y pensiones como a la adopción de los nuevos coeficientes correctores.
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