15.6.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 171/25
Recurso interpuesto el 6 de mayo de 2013 — Comisión Europea/Consejo de la Unión Europea
(Asunto C-248/13)
2013/C 171/48
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Curral, J. P. Keppene y D. Martin, agentes)
Demandada: Consejo de la Unión Europea
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se declare que, al no adoptar la propuesta de la Comisión de Reglamento del Consejo por el que se adaptan, a partir del 1 de julio de 2012, las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea así como los coeficientes correctores que afectan a dichas retribuciones y pensiones, el Consejo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Estatuto de los Funcionarios.
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Que se condene en costas al Consejo.
Motivos y principales alegaciones
Mediante el presente recurso la demandante alega que el Consejo no obró conforme a Derecho al no adoptar la propuesta de la Comisión de Reglamento del Consejo por el que se adaptan las retribuciones y pensiones de los funcionarios con arreglo al artículo 3 del anexo XI del Estatuto, aunque de su tenor imperativo se deduce que el método de adaptación anual de dichas retribuciones y pensiones es un procedimiento automático que no deja ningún margen de apreciación al Consejo. En efecto, el citado artículo impone al Consejo la obligación de adoptar la propuesta de la Comisión antes del 31 de diciembre del año en curso. La Comisión reprocha al Consejo haberse limitado a constatar que no existía mayoría cualificada en su seno para adoptar la propuesta de la Comisión, relativa, por una parte, a la adaptación salarial y, por otra parte, a los coeficientes correctores previstos en el anexo XI del Estatuto. La demandante afirma que el Consejo aplicó, en realidad e injustificadamente, el artículo 10 del anexo XI, ignorando las prerrogativas de la Comisión y del Parlamento. Al obrar de esta forma, concluye la Comisión, el Consejo no sólo ha infringido las citadas disposiciones, sino que también ha vulnerado el principio de equilibrio institucional, incurriendo al mismo tiempo en desviación de poder.
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