3.8.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 226/9
Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Bruxelles (Bélgica) el 17 de junio de 2013 — Burgo Group SpA/Illochroma SA, en liquidación, Jérôme Theeten, actuando en condición de liquidador de la sociedad Illochroma SA
(Asunto C-327/13)
(2013/C 226/17)
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Cour d’appel de Bruxelles
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Burgo Group SpA
Demandada: Illochroma SA, en liquidación, Jérôme Theeten, actuando en condición de liquidador de la sociedad Illochroma SA
Cuestiones prejudiciales
¿Debe interpretarse el Reglamento (CE) no 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, (1) en particular sus artículos 3, 16, 27, 28 y 29, en el sentido de que:
a)
«el establecimiento» a que se refiere el artículo 3, apartado 2, debe entenderse como una sucursal del deudor contra la que se ha abierto el procedimiento principal, y se opone a que, en el marco de la liquidación simultánea de varias sociedades pertenecientes a un mismo grupo, éstas puedan ser el objeto de un procedimiento secundario en el Estado miembro en el que tienen su domicilio social, puesto que poseen personalidad jurídica;
b)
la persona o la autoridad habilitada para solicitar la apertura de un procedimiento secundario debe tener su residencia o domicilio social en el territorio del órgano jurisdiccional del Estado miembro en el que se solicita la apertura del procedimiento, o bien debe estar reservado este derecho a todos los nacionales de la Unión, siempre que demuestren la existencia de un vínculo jurídico con el establecimiento de que se trata, y
c)
dado que el procedimiento de insolvencia principal es un procedimiento de liquidación, sólo puede ordenarse la apertura de un procedimiento secundario de insolvencia de un establecimiento si responde a criterios de oportunidad dejados a la apreciación del órgano jurisdiccional del Estado miembro ante el que se ha incoado el procedimiento secundario?
(1) DO L 160, p. 1.
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