12.10.2013
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 298/4
Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Cluj (Rumanía) el 31 de julio de 2013 — Casa Județeană de Pensii Cluj/Attila Balazs
(Asunto C-432/13)
2013/C 298/06
Lengua de procedimiento: rumano
Órgano jurisdiccional remitente
Curtea de Apel Cluj
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Casa Județeană de Pensii Cluj
Recurrida: Attila Balazs
Cuestión prejudicial
Si el artículo 7, apartado 2, letra c), del Reglamento (CEE) no 1408/71 (1) debe interpretarse en el sentido de que en su ámbito de aplicación entra un acuerdo bilateral celebrado entre dos Estados miembros con anterioridad a la fecha a partir de la cual se aplica el Reglamento, acuerdo por el que convinieron la extinción de la obligación relativa a los derechos de seguridad social generados en un Estado miembro por los nacionales del otro Estado que tuvieron la condición de refugiados políticos en el territorio del primer Estado y han sido repatriados al territorio del segundo Estado, a cambio del abono por el primer Estado de un importe a tanto alzado destinado a pagar las pensiones y a cubrir el período de cotización a la seguridad social en el primer Estado miembro.
(1) Reglamento del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2; EE 05/01, p. 98).
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