25.1.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 24/10
Recurso de casación interpuesto el 20 de noviembre de 2013 por Telefónica S.A. contra el auto del Tribunal (Sala Octava) dictado el 9 de septiembre de 2013 en el asunto T-430/11, Telefónica/Comisión
(Asunto C-588/13 P)
2014/C 24/18
Lengua de procedimiento: español
Partes
Recurrente: Telefónica S.A. (representantes: J. Ruiz Calzado, M. Núñez Müller y J. Domínguez Pérez, abogados)
Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea
Pretensiones
—
Que se anule el auto recurrido
—
Que se declare admisible el recurso de anulación en el asunto T-430/11 y se devuelva el asunto al Tribunal General para que éste resuelva sobre el fondo del litigio.
—
Que se condene a la Comisión al pago de la totalidad de las costas que se deriven de los procedimientos relativos a la admisibilidad en las dos instancias
Motivos y principales alegaciones
1)
El Tribunal General ha cometido un error de derecho al interpretar el artículo 263 TFUE, párrafo cuarto, in fine. El Tribunal General yerra en derecho al afirmar que las decisiones en materia de regímenes de ayudas de Estado como la impugnada requieren medidas de ejecución en el sentido de la nueva disposición del Tratado.
2)
El Tribunal General ha infringido el Derecho de la Unión al interpretar la jurisprudencia relativa al concepto de beneficiario efectivo a los efectos de examinar la admisibilidad de recursos contra decisiones que declaran un régimen de ayudas ilegal e incompatible. Concretamente,
—
el Tribunal General interpreta erróneamente la jurisprudencia relativa al concepto de beneficiario efectivo y comete una distorsión de los hechos al aplicarla a las operaciones realizadas por la demandante posteriores al 21 de diciembre de 2007;
—
el Tribunal General comete igualmente un error de derecho en lo que concierne a las operaciones anteriores al 21 de diciembre de 2007, al interpretar la noción jurisprudencial de beneficiario efectivo.
3)
El Tribunal General ha cometido un error de derecho al adoptar una resolución que conculca el derecho a la tutela judicial efectiva. El auto impugnado acoge una noción meramente teórica de este derecho, que impide a la demandante acceder en condiciones y sin tener que infringir el derecho a la vía prejudicial para cuestionar la Decisión impugnada.
Full & Egal Universal Law Academy