13.7.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 228/10
Sentencia del Tribunal General de 30 de abril de 2015 — Francia/Comisión
(Asunto T-259/13) (1)
((«FEOGA - Sección “Garantía” - FEAGA y FEADER - Gastos excluidos de la financiación - Medidas de ayuda al desarrollo rural - Zonas con desventajas naturales - Corrección financiera a tanto alzado - Gastos realizados por Francia - Criterio de carga - Controles sobre el terreno - Garantías procedimentales»))
(2015/C 228/11)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: República Francesa (representantes: E. Belliard, D. Colas, C. Candat y G. de Berges, agentes)
Demandada: Comisión Europea (representantes: D. Bianchi y G. von Rintelen, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de España (representantes: inicialmente N. Díaz Abad, posteriormente A. Sampol Pucurull, abogados del Estado)
Objeto
Pretensión de anulación parcial de la Decisión de Ejecución 2013/123/UE de la Comisión, de 26 de febrero de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (DO L 67, p. 20).
Fallo
1)
Anular la Decisión de Ejecución 2013/123/UE de la Comisión, de 26 de febrero de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la medida en que aplica una corrección financiera a la República Francesa en el marco de las medidas de ayuda al desarrollo rural para los ovinos por los que no se han solicitado primas por ganado ovino correspondientes a los ejercicios financieros 2008 y 2009.
2)
Desestimar el recurso en todo lo demás.
3)
Condenar a la República Francesa a cargar con tres cuartas partes de sus propias costas y con tres cuartas partes de las costas de la Comisión Europea.
4)
Condenar a la Comisión Europea a cargar con una cuarta parte de sus propias costas y con una cuarta parte de las costas de la República Francesa.
5)
El Reino de España cargará con sus propias costas.
(1) DO C 207, de 20.7.2013.
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