24.6.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 194/25
Recurso interpuesto el 20 de diciembre de 2013 — K. Chrysostomides & Co. y otros/Consejo y otros
(Asunto T-680/13)
2014/C 194/33
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Dr. K. Chrysostomides & Co. LLC (Nicosia, Chipre) y otras 50 partes demandantes (representante: P. Tridimas, Barrister)
Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Unión Europea representada por la Comisión Europea, Eurogrupo representado por el Consejo de la Unión Europea, Banco Central Europeo
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
—
Condene a las partes demandadas a pagar a las partes demandantes las cantidades que figuran en la lista adjunta al escrito de interposición del recurso, más los intereses que se devenguen desde el 26 de marzo de 2013 hasta el día en que el Tribunal General dicte sentencia.
—
Condene en costas a las partes demandadas.
Con carácter subsidiario, que:
—
Declare que la Unión Europea y/o las instituciones demandadas han incurrido en responsabilidad extracontractual.
—
Establezca el procedimiento que debe incoarse para determinar el importe del perjuicio indemnizable efectivamente sufrido por las partes demandantes.
—
Condene en costas a las partes demandadas.
Motivos y principales alegaciones
Las partes demandantes (51 en total) son depositantes y/o accionistas de Bank of Cyprus Public Company Ltd y/o Cyprus Popular Bank Public Co. Ltd. Pretenden un resarcimiento con arreglo a los artículos 268 TFUE y 340 TFUE, párrafos segundo y tercero, relativos a la responsabilidad extracontractual de la UE, por la pérdida que sufrieron como consecuencia de las medidas adoptadas por las instituciones demandadas mediante las que se imponía un régimen de «bail-in» a la República de Chipre.
Las partes demandantes consideran que las instituciones demandadas adoptaron un régimen de «bail-in» para la República de Chipre que dio lugar directamente a la pérdida de sus depósitos y acciones. Según las partes demandantes, las medidas de «bail-in» adoptadas por la República de Chipre se aprobaron únicamente para ejecutar medidas adoptadas por las partes demandadas y también fueron aprobadas por las instituciones demandadas.
Las partes demandantes consideran que el régimen de «bail-in» viola el derecho a la propiedad, tal como se salvaguarda por el artículo 17, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y el artículo 1 del Protocolo no 1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Las partes demandantes arguyen asimismo que el régimen de «bail-in» vulnera los principios de proporcionalidad, de protección de la confianza legítima y de no discriminación.
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