Asunto C-58/14: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de junio de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Hauptzollamt Hannover/Amazon EU Sàrl [Procedimiento prejudicial — Reglamento (CEE) no 2658/87 — Unión aduanera y Arancel Aduanero Común — Nomenclatura Combinada — Partida 8543 70 — Máquinas y aparatos eléctricos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte del capítulo 85 de la Nomenclatura Combinada — Subpartidas 8543 70 10 y 8543 70 90 — Aparato lector de libros electrónicos con funciones de traducción o de diccionario]
C2702015ES910120150611ES00109191
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 11 de junio de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Hauptzollamt Hannover/Amazon EU Sàrl
(Asunto C-58/14) ( 1 )
«[Procedimiento prejudicial — Reglamento (CEE) no 2658/87 — Unión aduanera y Arancel Aduanero Común — Nomenclatura Combinada — Partida 8543 70 — Máquinas y aparatos eléctricos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte del capítulo 85 de la Nomenclatura Combinada — Subpartidas 8543 70 10 y 8543 70 90 — Aparato lector de libros electrónicos con funciones de traducción o de diccionario]»2015/C 270/10Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesfinanzhof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Hauptzollamt Hannover
Demandada: Amazon EU Sàrl
Fallo
La Nomenclatura Combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común, en su versión modificada por el Reglamento (UE) no 861/2010 de la Comisión, de 5 de octubre de 2010, debe interpretarse en el sentido de que un aparato lector de libros electrónicos dotado de una función de traducción o de diccionario debe clasificarse, cuando dicha función no sea su función principal, extremo que deberá comprobar el tribunal remitente, en la subpartida 8543 70 90 y no en la subpartida 8543 70 10.
( 1 ) DO C 142, de 12.5.2014.
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