30.11.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 398/3
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Hamburg — Alemania) — Firma Ernst Kollmer Fleischimport und -export/Hauptzollamt Hamburg-Jonas
(Asunto C-59/14) (1)
([Procedimiento prejudicial - Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 - Protección de los intereses financieros de la Unión Europea - Artículos 1, apartado 2, y 3, apartado 1, párrafo primero - Recuperación de una restitución a la exportación - Plazo de prescripción - Inicio del cómputo (dies a quo) - Acción u omisión del agente económico - Realización del perjuicio - Infracción continua - Infracción puntual])
(2015/C 398/03)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Hamburg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Firma Ernst Kollmer Fleischimport und -export
Demandada: Hauptzollamt Hamburg-Jonas
Fallo
1)
Los artículos 1, apartado 2, y 3, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, deben interpretarse en el sentido de que, en circunstancias como las controvertidas en el litigio principal, en las que no se detectó la infracción de una disposición del Derecho de la Unión hasta después de la realización del perjuicio, el plazo de prescripción empieza a correr a partir del momento en que tienen lugar tanto la acción o la omisión de un agente económico que constituye una infracción del Derecho de la Unión como el perjuicio al presupuesto de la Unión o a los presupuestos administrados por ésta.
2)
El artículo 1, apartado 2, del Reglamento no 2988/95 debe interpretarse en el sentido de que, en circunstancias como las controvertidas en el litigio principal, se realiza el perjuicio desde el momento en que se haya adoptado la decisión de conceder la restitución a la exportación al exportador de que se trate.
(1) DO C 142, de 12.5.2014.
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