18.1.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 16/9
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 11 de noviembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Employment Tribunals, Birmingham — Reino Unido) — Kathleen Greenfield/The Care Bureau Ltd
(Asunto C-219/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - Política social - Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial - Ordenación del tiempo de trabajo - Directiva 2003/88/CE - Derecho a vacaciones anuales retribuidas - Cálculo de los días de vacaciones retribuidas anuales a los que el trabajador tiene derecho en caso de aumento de la jornada laboral - Interpretación del principio de pro rata temporis))
(2016/C 016/09)
Lengua de procedimiento: inglés
Órgano jurisdiccional remitente
Employment Tribunals, Birmingham
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Kathleen Greenfield
Demandada: The Care Bureau Ltd
Fallo
1)
La cláusula 4, apartado 2, del Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial, celebrado el 6 de junio de 1997, que figura en el anexo de la Directiva 97/81/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1997, relativa al Acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES, en su versión modificada por la Directiva 98/23/CE del Consejo, de 7 de abril de 1998, y el artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, deben interpretarse en el sentido de que, en caso de que se incremente la jornada laboral de un trabajador, los Estados miembros no tienen la obligación de prever que las vacaciones ya devengadas, y eventualmente disfrutadas, se vuelvan a calcular a posteriori, en función del nuevo ritmo de trabajo de ese trabajador. Sin embargo, debe hacerse un nuevo cálculo para el período durante el cual la jornada laboral se haya incrementado.
2)
La cláusula 4, apartado 2, de dicho Acuerdo marco y el artículo 7 de la Directiva 2003/88 deben interpretarse en el sentido de que el cálculo de los días de vacaciones anuales retribuidas a los que el trabajador tiene derecho debe efectuarse de acuerdo con los mismos principios tanto si se trata de determinar la indemnización compensatoria por vacaciones anuales retribuidas devengadas y no disfrutadas, en el caso de que se extinga la relación laboral, como de determinar el resultado de los días de vacaciones anuales retribuidas a los que el trabajador tiene derecho, en caso de mantenerse la relación laboral.
(1) DO C 223, de 14.7.2014.
Full & Egal Universal Law Academy