14.3.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 98/9
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 14 de enero de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht — Alemania) — Vodafone GmbH/Bundesrepublik Deutschland
(Asunto C-395/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - Marco regulador común de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas - Directiva 2002/21/CE - Artículo 7, apartado 3 - Procedimiento de consolidación del mercado interior de comunicaciones electrónicas - Directiva 2002/19/CE - Artículos 8 y 13 - Operador que tiene un peso significativo en el mercado - Obligaciones impuestas por las autoridades nacionales de reglamentación - Obligaciones de control de precios y contabilidad de costes - Autorización de tarifas de terminación de llamada de telefonía móvil))
(2016/C 098/11)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesverwaltungsgericht
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Vodafone GmbH
Demandada: Bundesrepublik Deutschland
Fallo
El artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco), debe interpretarse en el sentido de que, cuando una autoridad nacional de reglamentación haya obligado a un operador que ha sido designado como operador con un peso significativo en el mercado a prestar servicios de terminación de llamada de telefonía móvil y haya sometido a autorización las tarifas correspondientes a dichos servicios al término del procedimiento previsto en la citada disposición, esa autoridad nacional de reglamentación está obligada a aplicar de nuevo dicho procedimiento antes de cada nueva autorización de esas tarifas que conceda a ese operador, cuando tal autorización pueda tener repercusiones en los intercambios entre Estados miembros en el sentido de la referida disposición.
(1) DO C 372 de 20.10.2014.
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