22.2.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 68/15
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de diciembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social no 1 de Córdoba) María Auxiliadora Arjona Camacho/Securitas Seguridad España, S.A.
(Asunto C-407/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - Política social - Directiva 2006/54/CE - Igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación - Despido discriminatorio - Artículo 18 - Indemnización o reparación efectiva del perjuicio sufrido - Carácter disuasorio - Artículo 25 - Sanciones - Daños punitivos))
(2016/C 068/19)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Juzgado de lo Social no 1 de Córdoba
Partes en el procedimiento principal
Demandante: María Auxiliadora Arjona Camacho
Demandada: Securitas Seguridad España, S.A.
Fallo
El artículo 18 de la Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, debe interpretarse en el sentido de que, para que el perjuicio sufrido como consecuencia de una discriminación por razón de sexo sea efectivamente indemnizado o reparado de manera disuasoria y proporcionada, este artículo obliga a los Estados miembros que eligen la forma pecuniaria a introducir en su ordenamiento jurídico interno, según los procedimientos que determinen, medidas que establezcan el pago a la persona que ha sufrido un perjuicio de una indemnización que cubra íntegramente dicho perjuicio.
(1) DO C 409, de 17.11.2014.
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