13.6.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 211/14
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 7 de abril de 2016 (petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof — Austria) — KA Finanz AG/Sparkassen Versicherung AG Vienna Insurance Group
(Asunto C-483/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - Convenio de Roma - Ley aplicable - Fusión transfronteriza - Directiva 78/855/CEE - Directiva 2005/56/CE - Fusión por absorción - Protección de los acreedores - Transferencia de la totalidad del patrimonio activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente))
(2016/C 211/15)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Oberster Gerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Demandante: KA Finanz AG
Demandada: Sparkassen Versicherung AG Vienna Insurance Group
Fallo
1)
El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que:
—
la ley aplicable, tras una fusión por absorción transfronteriza, a la interpretación, al cumplimiento de las obligaciones y a los modos de extinción de un contrato de empréstito, como los contratos de empréstito controvertidos en el litigio principal, celebrado por la sociedad absorbida, es la que era aplicable a ese contrato antes de dicha fusión;
—
las disposiciones que regulan la protección de los acreedores de la sociedad absorbida, en un caso como el controvertido en el litigio principal, son las de la legislación nacional que se aplicaban a esa sociedad.
2)
El artículo 15 de la Tercera Directiva 78/855/CEE del Consejo, de 9 de octubre de 1978, basada en la letra g) del apartado 3 del artículo 54 del Tratado y relativa a las fusiones de las sociedades anónimas, en su versión modificada por la Directiva 2009/109/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, debe interpretarse en el sentido de que esa disposición confiere derechos a los poseedores de títulos distintos de las acciones a los que correspondan derechos especiales, pero no a la emisora de tales títulos.
(1) DO C 46 de 9.2.2015.
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