28.9.2015
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 320/3
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de julio de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Agenzia delle Entrate/Nuova Invincibile
(Asunto C-82/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Sexta Directiva 77/388/CEE))
(2015/C 320/04)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Corte suprema di cassazione
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Agenzia delle Entrate
Recurrida: Nuova Invincibile
Fallo
Los artículos 2 y 22 de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como el artículo 9, apartado 17, de la Ley no 289, de 27 de diciembre de 2002, relativa a las disposiciones para la elaboración del presupuesto anual y plurianual del Estado (Ley de presupuestos para 2003), que, tomando en consideración el seísmo producido en las provincias de Catania, Ragusa y Siracusa, establece, en beneficio de las personas afectadas por ese seísmo, una reducción del 90 % del impuesto sobre el valor añadido normalmente adeudado por los años 1990 a 1992, en particular confiriendo el derecho a obtener el reembolso, en este porcentaje, de los importes ya abonados en concepto de impuesto sobre el valor añadido, en la medida en que esta disposición no respeta las exigencias derivadas del principio de neutralidad fiscal ni permite garantizar la recaudación de la totalidad del impuesto sobre el valor añadido adeudado en territorio italiano.
(1) DO C 142, de 12.5.2014.
Full & Egal Universal Law Academy