1.2.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 38/13
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de septiembre de 2015 (petición de decisión prejudicial planteada por el Szekszárdi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság — Hungría) — Jácint Gábor Balogh/Nemzeti Adó- és Vámhivatal Dél-dunántúli Regionális Adó Főigazgatósága
(Asunto C-424/14) (1)
((Procedimiento prejudicial - IVA - Directiva 2006/112/CE - Artículos 213 y 214 - No declaración del comienzo de una actividad - Franquicia para las pequeñas empresas - Sanción))
(2016/C 038/17)
Lengua de procedimiento: húngaro
Órgano jurisdiccional remitente
Szekszárdi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Jácint Gábor Balogh
Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Dél-dunántúli Regionális Adó Főigazgatósága
Fallo
1)
El artículo 213, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que obliga al sujeto pasivo a declarar el comienzo de una actividad económica aun en caso de que los ingresos procedentes de dicha actividad no superen el límite de la franquicia para las pequeñas empresas y el sujeto pasivo no tenga la intención de ejercer una actividad gravada.
2)
El Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que se sancione mediante multa administrativa el incumplimiento por el sujeto pasivo de su obligación de declarar el comienzo de una actividad económica aun en caso de que los ingresos procedentes de dicha actividad no superen el límite de la franquicia para las pequeñas empresas. Corresponde al órgano jurisdiccional remitente apreciar si, en el litigio principal, la sanción impuesta es conforme con el principio de proporcionalidad.
(1) DO C 439, de 8.12.2014.
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