7.4.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 102/12
Petición de decisión prejudicial planteada por el Grondwettelijk Hof (Bélgica) el 2 de enero de 2014 — KPN Group Belgium NV & Mobistar NV/Ministerraad
(Asunto C-1/14)
2014/C 102/16
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Grondwettelijk Hof
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: KPN Group Belgium NV & Mobistar NV
Demandada: Ministerraad
Parte coadyuvante: Belgacom NV
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe interpretarse la Directiva 2002/22/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva servicio universal), y en particular sus artículos 9 y 32, en el sentido de que la tarifa social del servicio universal y el mecanismo de compensación previsto en el artículo 13, apartado 1, letra b), de dicha Directiva son aplicables no sólo a las comunicaciones electrónicas por medio de una conexión telefónica desde una ubicación fija en una red de comunicaciones disponible al público, sino también a las comunicaciones electrónicas por medio de servicios de comunicación móvil y/o abonos a Internet?
2)
¿Debe interpretarse el artículo 9, apartado 3, de la Directiva servicio universal en el sentido de que permite a los Estados miembros añadir al servicio universal opciones de tarifas específicas para servicios distintos de los descritos en el artículo 9, apartado 2, de la Directiva servicio universal?
3)
En caso de respuesta negativa a las cuestiones primera y segunda, ¿son compatibles las correspondientes disposiciones de la Directiva servicio universal con el principio de igualdad reconocido, entre otros, en el artículo 20 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2)?
(1) DO L 108, p. 51.
(2) DO 2000, C 364, p. 1.
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