12.5.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 142/17
Petición de decisión prejudicial planteada por el Langericht Hannover (Alemania) el 14 de febrero de 2014 — eingereicht am 14. Februar 2014 — TUIfly GmbH/Harald Walter
(Asunto C-79/14)
2014/C 142/23
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Langericht Hannover
Partes en el procedimiento principal
Demandante: TUIfly GmbH
Demandada: Harald Walter
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe interpretarse el artículo 7 del Reglamento (CE) no 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, (1) en el sentido de que también está comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento un «adelanto» no comunicado de un vuelo que tiene como consecuencia que los pasajeros no puedan tomar dicho vuelo?
2)
¿Debe interpretarse el Reglamento en el sentido de que, con excepción de lo dispuesto en el artículo 5, es irrelevante la causa del retraso?
3)
¿Concierne al objetivo del Reglamento, que es indemnizar los daños causados por la pérdida de tiempo, también el hecho de que el pasajero llegue antes de tiempo a su destino, lo cual afecta a su disponibilidad de tiempo antes del vuelo?
4)
¿Determina la falta de comunicación del adelanto del vuelo, motivo por el cual se llegó con retraso al lugar de vacaciones, la aplicación del Reglamento?
5)
¿Debe ser objetivo del Reglamento proporcionar un elevado nivel de protección, con la consecuencia de que se protege la limitación de la disponibilidad de tiempo del pasajero? ¿También cuando se produce un adelanto?
(1) Reglamento (CE) no 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) no 295/91 (DO L 46, p. 1).
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