8.9.2014
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 303/10
Petición de decisión prejudicial planteada por el Kecskeméti Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság (Hungría) el 26 de mayo de 2014 — György Balázs/Nemzeti Adó- és Vámhivatal Dél-alföldi Regionális Vám- és Pénzügyőri Főigazgatósága
(Asunto C-251/14)
2014/C 303/14
Lengua de procedimiento: húngaro
Órgano jurisdiccional remitente
Kecskeméti Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság
Partes en el procedimiento principal
Demandante: György Balázs
Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Dél-alföldi Regionális Vám- és Pénzügyőri Főigazgatósága
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Procede interpretar el artículo 4, apartado 1, y el artículo 5 de la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo y por la que se modifica la Directiva 93/12/CEE del Consejo (1), en el sentido de que, además de los requisitos de calidad establecidos en la normativa nacional adoptada sobre la base de dicha Directiva, otra normativa nacional no puede imponer al proveedor de combustible unos requisitos de calidad que se recogen en una norma nacional y que son adicionales a los dispuestos en la Directiva?
2)
¿Ha de interpretarse el artículo 1, números 6 y 11, de la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas [y de las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información], (2) en el sentido de que, si está vigente un reglamento técnico (en el presente asunto, una orden ministerial adoptada en virtud de una habilitación legislativa), la aplicación de una norma nacional adoptada en el mismo ámbito sólo puede ser voluntaria, es decir, que la ley no puede establecer la aplicación preceptiva de la misma?
3)
¿Cumple el criterio de puesta a disposición del público de la norma nacional establecido en el [artículo 1,] número 6, de la Directiva 98/34/CE una norma que, en el momento en que hubiera debido aplicarse según la autoridad administrativa, no está disponible en la lengua nacional?
(1) DO L 350, p. 58.
(2) DO L 204, p. 37.
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